martes, noviembre 21, 2006

EN DISCUSION MOCIONES DE CLAUSULAS INTERPRETATIVAS

TRAMITE LEGISLATIVO DEL TLC
Sesión del 21-11-2006
Despacho del Diputado José Merino del Río
Partido Frente Amplio

EN DISCUSIÓN MOCIONES DE CLAUSULAS INTERPRETATIVAS

El lunes 20 de noviembre continuó sesionando la Comisión de Relaciones Internacionales y Comercio Exterior de la Asamblea Legislativa que discute el TLC. Están en discusión 40 mociones de cláusulas interpretativas, 23 de ellas presentadas por el Frente Amplio, 9 por el PAC, 3 del PLN, 3 del PUSC, 1 del ML y 1 del exdiputado Sigifredo Aiza. Se discuten aproximadamente 4 cláusulas por sesión y se están efectuando 5 sesiones por semana.

RECHAZAN AYUDA DE OPS

La Organización Panamericana de la Salud (OPS) efectuó un estudio a solicitud del Congreso de Colombia, donde afirma que el peor escenario para la salud pública de ese país y el acceso a los medicamentos, es negociar en términos similares a los pactados en el TLC de Centroamérica con los Estados Unidos (CAFTA-DR). El “autismo parlamentario” sin embargo impidió que se pidiera un estudio similar para Costa Rica. Se rechazó la siguiente moción del diputado Merino: “Para que esta Comisión acuerde solicitarle a la Organización Panamericana de la Salud (OPS) su colaboración para realizar un estudio sobre el impacto en el sistema de salud pública y el derecho humano de acceso a los medicamentos de fortalecer las medidas de propiedad intelectual como consecuencia de la negociación del “Tratado de Libre Comercio República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos” (Exp. 16.047), similar al estudio dirigido por dicho organismo internacional en Colombia”.

CLAUSULAS INTERPRETATIVAS

Las cláusulas o declaraciones interpretativas son unilaterales, de tal modo que internacionalmente, no producen efectos jurídicos. Su validez es para el derecho interno, pero, no para el derecho internacional, ni para las otras partes que han aprobado ese TLC. A pesar de lo anterior, es dudoso que algunas de las aprobadas sean aceptadas por los Estados Unidos, especialmente la que se relaciona con las armas, donde de hecho se reconoce que hay un “matrimonio entre el comercio de armas y el TLC”. La cláusula aprobada de manera unánime y presentada por el Diputado Merino dice que nada de “lo establecido en el Capítulo 3 “Trato Nacional y Acceso de Mercancías al Mercado”, el Capítulo 10 “Inversión” o cualquier otra disposición del Tratado no es incompatible con los controles, restricciones, limitaciones y prohibiciones establecidos en la legislación nacional o que, por cualquier razón de interés público, el Estado Costarricense decida establecer en el futuro sobre la importación, la exportación, el comercio o la tenencia de armas, explosivos o municiones, sus partes o componentes, así como de equipo, maquinaria, vehículos, naves, aeronaves o cualquier otro dispositivo o implemento de uso bélico o militar”.
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