APELACION DEL DIPUTADO MERINO ANTE LA SUSPENSION DEL DEBATE PARA DICTAMINAR LA APERTURA DEL MERCADO DE LAS TELECOMUNICACIONES
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
COMISIÓN ESPECIAL QUE CONOCERÁ Y DICTAMINARÁ
EL EXPEDIENTE 16398, “LEY GENERAL DE TELECOMUNICACIONES
EXPEDIENTE N.º 16525
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA Nº 78
(Miércoles 20 de junio de 2007)
EL PRESIDENTE:
Resolución de Presidencia
Se resuelve lo siguiente:
Faltando treinta minutos para el cierre de esta sesión, se suspenderá la discusión del proyecto, se tendrán por rechazadas las mociones pendientes y sin más dilación, de inmediato, se procederá a la votación del proyecto.
Dada en la Comisión Especial que conocerá y dictaminará el Expediente 16.398 “Ley General de Telecomunicaciones”, Expediente 16.525, de la Asamblea Legislativa a los veinte días del mes de junio de dos mil siete.
Diputado José Luis Valenciano Chávez
Presidente de la Comisión
DIPUTADO MERINO DEL RÍO:
Quiero apelar esa resolución de la Presidencia.
EL PRESIDENTE:
Se ha recibido la moción de apelación...
LA SECRETARIA:
Moción de Apelación N.º 1 (01-78-CE) del diputado José Merino del Río:
De conformidad con el artículo 156 del Reglamento de la Asamblea Legislativa interpongo recurso de apelación contra la resolución de la Presidencia de la Comisión Especial 16525, que conocerá y dictaminará el expediente 16.398 “Ley General de Telecomunicaciones”, de conformidad con las razones que expondré a continuación.
Firma el diputado Merino.
EL PRESIDENTE:
Señor diputado José Merino del Río, puede sustentar la apelación interpuesta.
DIPUTADO MERINO DEL RÍO:
Gracias, señor Presidente.
Hacerme eco, de que efectivamente hay trabajadores del ICE, que querían estar presentes en una sesión, que es pública, a no ser que usted no estaba yo, en algún momento, no sé si lo han declarado privada o solo para asesores de la Asamblea Legislativa o funcionarios de la Asamblea Legislativa. Pero obviamente es, un tema de mucho interés público y le rogaría que se tomara alguna medida, para que los representantes de la fuerza laborales del ICE pudieran presenciar esta sesión pública de nuestro Parlamento, señor Presidente...
DIPUTADO MERINO DEL RÍO:
Gracias, señor Presidente.
Yo creo como Diputado, en el cumplimiento apropiado del Reglamento, las funciones que constitucionalmente se nos han atribuido a los y las legisladoras de esta Asamblea Legislativa, entre la que está una que es piedra angular de nuestra democracia, que es la potestad de legislar, aprobar o improbar leyes, no podríamos conseguir los objetivos de racionalizar las tensiones, que produce el proceso político, el respeto a la soberanía popular con la representación para la toma de decisiones. Esto sería vulnerado como me parece que estaría ocurriendo con esta resolución que daría por agotada la discusión de este proyecto y por discutidas las mociones pendientes todavía de conocimiento de este cuerpo legislativo.
Han sido reiteradas las resoluciones de la Sala Constitucional, en el sentido de que es precisamente aquí en el Parlamento, donde la democracia funcional se manifiesta como un equilibrio razonable entre democracia participativa y democracia representativa, las facultades institucionales que se le ha dado a este Parlamento. Por lo que la aplicación del procedimiento parlamentario tiene que ser flexible y dinámico, debe permitirnos reaccionar a tiempo y racionalizar efectivamente las tensiones que se producen en nuestra sociedad, sin impedir, en mi caso...
DIPUTADO MERINO DEL RÍO:
Retomando el hilo de la argumentación de esta apelación y como muy bien me recordaba la Diputada Mayi Antillón –que no me contabilicen este tiempo por favor— decía que fundamentalmente, esa interpretación flexible, dinámica, respetuosa del Reglamento, en el caso de las minorías, significa un mecanismo imprescindible necesario para garantizar una representatividad plena en nuestro Parlamento.
No es ocioso recordar que el derecho parlamentario no se agota, en el Reglamento, que la norma fundamental reguladora de nuestra actividad parlamentaria, es la Constitución Política y que es en la Constitución Política donde se establecen los principios básicos, los derechos inmodificables y los valores principales que deben conformar y plasmarse en la regulación jurídica de la actividad parlamentaria. No pretendo, obviamente con esta apelación, efectuar un análisis doctrinal extenso, sino, que hay una intención de dejar plasmado en el acta, para una mejor comprensión de la actividad parlamentaria, del procedimiento seguido por esta Comisión y principalmente de mis dudas razonables sobre la constitucionalidad de las decisiones que se están tomando para dictaminar, lo que a mi juicio es atropelladamente este proyecto de ley.
Recordemos otras características e instrumentos con que cuenta el parlamento para desarrollar su actividad.
Mencionaba que una de ellas es la flexibilidad de funcionamiento de esta Asamblea Legislativa, como nos recordaba la Sala IV, dice: “una de las características esenciales de la regulación parlamentaria es la flexibilidad inserta en las normas que se crean para su funcionamiento, entendiéndose que al hablar de flexibilidad parlamentaria –dice la Sala—no nos estamos refiriendo a la posibilidad de contradecir ni tampoco, a un uso ilimitado o abusivo de la posibilidad de derogar singularmente su Reglamento por parte del propio órgano, pues esta flexibilidad también encuentra sus límites en el derecho de la Constitución”. (Voto 2006-003671)
El derecho parlamentario debe de entenderse como un derecho consensuado, ya que la Asamblea Legislativa, que es la depositaria de la soberanía popular, es la que establece las reglas del juego de la labor parlamentaria, entendiendo que esta función es original, espontánea, sustancial, dinámica y autónoma; lo anterior enmarcado dentro del derecho constitucional que le sirve como marco y límite de sus competencias.
Son inconstitucionales todos aquellos procedimientos seguidos para la aprobación de un determinado proyecto de ley, si se incumplen y violentan los principios, derechos y valores de la Constitución. Existe copiosa y suficiente jurisprudencia constitucional, que ha clarificado los vicios de procedimiento que constituyen violaciones de algún requisito o trámite sustancial previsto en la Constitución, o en su caso, en el Reglamento Legislativo.
La Sala Constitucional ha definido como vicios sustanciales, aquellos principios que rigen la actividad parlamentaria, reconociendo al procedimiento legislativo, como una unidad cuyo objetivo es desarrollar efectivamente la voluntad del pueblo, mediante el establecimiento de una serie de mecanismos tendentes a propiciar un amplio y transparente debate entre los diversos actores políticos que constituyen la asociación parlamentaria.
Nuestra Sociedad ha adoptado el principio democrático como fundamento de todas sus instituciones del que obviamente no se excluye a este Parlamento; este principio pretende el respeto de los valores de participación y representación política, además de un principio fundamental de la tutela del derecho de las minorías.
En la práctica legislativa esto se plasma, entre otros, mediante los mecanismos empleados para la designación de los diversos representantes en las distintas comisiones parlamentarias, no en mi caso, que fui excluido a pesar de que solicité expresamente, estar en esta Comisión , lo que ha sido una reiterada práctica del Directorio, de la mayoría creada en este Parlamento de discriminarme y de impedir que pueda ser miembro pleno de Comisiones en las que expresamente solicité formar parte.
Pero bueno, en todo caso, hay en esta Comisión representantes de diversas corrientes legislativas, para posibilitar a la oposición el uso de medios legítimos que adversen cuando se considera necesaria la voluntad mayoritaria, utilizando todos los mecanismos que establece el Reglamento Legislativo, para defender el derecho de enmienda del Diputado.
Nótese que la Sala ha advertido que los trámites legislativos acelerados o impetuosos, que impidan una racionalidad reposada de caridad reflexiva para cuya producción es necesario poder expresar opiniones, contraponer estrategias y proponer alternativas, es un vicio sustancial de procedimiento.
Efectivamente en esta Comisión, como se puede colegir de la lectura de las actas se han podido defender muchas mociones, pero esa discusión reflexiva y de calidad muy pocas veces se ha dado, por el silencio reiterado de la mayoría, aquí no se ha producido un debate democrático de calidad, eso no es cierto.
El texto sustitutivo que fuera acogido por la mayoría de esta Comisión, consta de 84 artículos y 5 Transitorios, estamos hablando de un tema de enorme complejidad como es el de las telecomunicaciones, que no solo ha sido objeto de un debate de largos años en este país, sino quizás de las controversias democráticas más importantes que se hayan dado en la historia reciente en el Parlamento y fuera del Parlamento, por la aceptación que implica para todos las y los habitantes de la República, se ha requerido de muchas consultas, de audiencias de distintas instituciones, de expertos, de sectores, con una salvedad, todo ese proceso no se dio en el trámite del texto sustitutivo, es un trámite mutilado en cuanto a la calidad del debate y de la consulta democráticas que incluso si se dio en la primera fase de la Comisión.
¿Por qué se suspendió? Cuándo se incorporaron al nuevo texto sustitutivo, como lo puede comprobar hasta la diputación representada aquí del Movimiento Libertario, que lo llevó a oponerse a este nuevo texto porque se considero que el nuevo texto era un cambio radical, con el texto original que había visto esta Comisión, entonces estábamos en presencia de un nuevo texto, de un nuevo texto que exigía enfrentarse a él con todas las garantías reglamentarias y constitucionales de un verdadero debate democrático.
El texto sustitutivo fue acogido el 11 de mayo de año en curso, en la Sesión N.º 57, en esa misma Sesión, se acordó solicitar una prórroga hasta el 7 de junio de los corrientes, o sea, solo 19 días hábiles para consultar a las diferentes instituciones, organizaciones y sectores, para recibir en audiencia a representantes de organizaciones, instituciones y otros conocedores de la materia o que les afectaría en alguna forma, lo cual no se quiso hacer parar revisar los criterios vertidos por los distintos sectores, para presentar las mociones pertinentes y conocerlas y por supuesto para efectuar el debido estudio y análisis del nuevo texto sometido a nuestro conocimiento.
Hasta hoy se han presentado, ante la Comisión, un total de cuatrocientas setenta y dos mociones de fondo al proyecto, de esas mociones, al texto base se le presentaron, doscientas veintiocho mociones, de ese texto base, se conocieron ciento ochenta y ocho mociones, se desecharon sin tramitar, cuarenta mociones, cuando se introdujo el texto sustitutivo.
Al texto sustitutivo, se le han presentado hasta ahora doscientas cuarenta y cuatro mociones, se han conocido hasta ahora, ochenta mociones del texto sustitutivo, no sé, alguna más, bueno, se han aprobado quince, se han desechado sesenta y cinco, y si la resolución de esta Presidencia se consumara, se desecharían sin tramitar, ciento setenta y nueve mociones, o sea, más de las dos terceras partes de las mociones presentadas al texto sustitutivo, mediante una resolución de la Presidencia, se desecharían.
Obviamente, el Presidente no está autorizado para prorrogar unilateralmente el mandato de esta Comisión, pero lo puede hacer como se han hecho en las oportunidades anteriores, mediante si se hubiera aprobado por ejemplo, la moción presentada a tiempo, por los Diputados y Diputadas del Partido Acción Ciudadana solicitando esa prórroga.
Todavía en la sesión del lunes 18 de junio, se estaba repartiendo correspondencia con criterios tan importantes como el de la Procuraduría General de la República anteayer, el cual contiene importantes observaciones al proyecto, e incluso advierte sobre inconstitucionalidades, a fin de que las y los Diputados consideraran las modificaciones pertinentes, pero ¿con qué tiempo?, ¿con qué plazos?, si todavía hay cien mociones por conocer y se nos pone la “espada de Damocles” cuando ya no tendría sentido presentar mociones importantes, sabiendo que a priori, serían rechazadas.
Es por lo que me parece que se está produciendo una violación del artículo 117 de la Constitución Política. El problema de un trámite de un proyecto no es el tiempo, este proyecto se está tramitando acelerada e impetuosamente y se violenta el principio democrático, porque no se le está dando respuesta a los distintos sectores, no solamente representados en el Parlamento sino fuera del Parlamento, a los problemas y objeciones suscitadas sobre el proyecto.
Esa es la esencia del principio democrático, no es una interpretación burocrática del Reglamento, no es una interpretación rutinaria del Reglamento legislativo. Nuestro sistema democrático ya no solo es representativo. A los diputados de esta Asamblea Legislativa, se nos olvida muchas veces que desde el año 2003, en la Constitución Política de la República se indica que nuestro sistema de Gobierno, además de representativo es participativo.
Y estamos obligados, constitucionalmente, a desarrollar, obviamente, dentro de los límites propios de la racionalidad democrática, pero a mí nadie me puede decir que hay una racionalidad, en que se mutile la posibilidad de continuar analizando este proyecto en Comisión, y recibiendo opiniones que el texto sustitutivo ha suscitado en diversos sectores de la ciudadanía. Y tengo que reiterarlo, incluso, en diputados de esta Comisión, que estaban de acuerdo con el texto original y hoy manifiestan su oposición por los cambios sustanciales que se introdujeron. No estamos hablando de cambios cosméticos, el texto sustitutivo es un nuevo texto, en términos fundamentales de la materia que estamos analizando.
Nuestro sistema democrático, supone dar una amplia participación a los representantes de todos los ciudadanos. Y la Sala nos ha recordado en sus sucesivas veces que ha declarado inconstitucional procedimientos muy parecidos a los que hoy estamos discutiendo, que ha dicho que siendo que nuestra arquitectura y cultura constitucional, el Parlamento representa el foro propiciador de la concertación de criterios, de las diversas fuerzas políticas, su dinámica debe permitir el espacio necesario tanto para las discusiones como para las negociaciones políticas. Fíjense que sabias las palabras de la Sala Constitucional, en la aprobación de proyectos de ley.
El plazo conferido a esta Comisión para que rindiera su dictamen fue, originalmente, corto, irracional. Empezó por ahí, claro, se le ha tenido que pedir prórroga porque han tenido ustedes mismos que reconocer que le pusieron plazos irracionales, absolutamente, fuera de lugar, para analizar un proyecto de esta envergadura.
No es la minoría la responsable de que se tengan que pedir prórrogas y prórrogas, es la mayoría que con su soberbia impone plazos que son inaplicables, si se quiere tener un procedimiento parlamentario, mínimamente saludable y mínimamente respetable.
Dónde está el debate reposado y amplio, para el respectivo cumplimiento de los fines del procedimiento parlamentario. Muestra de ello es que muchas instituciones, organizaciones, sectores, pidieron tiempos extras para referirse al texto base, pidieron ser recibidos para referirse al texto sustitutivo y les fue denegada esa posibilidad. Eso nos hubiera permitido formarnos una mejor opinión, y aclarar las inevitables y múltiples dudas que surgen en un tema tan delicado como es el de las telecomunicaciones. Muy grave no haber aprobado la posibilidad de audiencias para referirse a este texto sustitutivo.
En relación con esto, la Sala Constitucional también ha sido tajante, al señalar que para que la Asamblea Legislativa cumpla su cometido, como punto de encuentro de las diversas expresiones e intereses de los habitantes de este país, cada uno de sus representantes, democráticamente electos debe contar con posibilidades efectivas, de manifestar su opinión, defender sus planteamientos e intentar convencer al colegio acerca de la pertinencia de sus posiciones.
Este clima de diálogo y dice la Sala y de publicidad, debe caracterizar la actuación parlamentaria en todos sus ámbitos, y se torna imprescindible en caso de reformas o producción de normas complejas, extensas o de marcada relevancia para la vida de las y los habitantes. ¿Acaso este proyecto de ley de telecomunicaciones, no es una iniciativa compleja, amplia, que afecta a toda la población?
¿Acaso alguien duda del enorme impacto practico que generará, pues atañe a modificaciones sustanciales de determinada concesión, enmarcada en nuestro Estado social de derecho, en nuestra Constitución Política de la República?
¿No sería lo adecuado que ante una iniciativa trascendental para los habitantes, esta Comisión inste a fin de que la Presidencia de la Asamblea Legislativa, en su defecto el Plenario, permita ampliar la posibilidad de este debate; permite alargar racionalmente una discusión más detenida y efectiva de todos sus contenidos?
¿Debe aceptar esta Asamblea Legislativa que por un plazo que negociadores ajenos a este Parlamento, establecieron en un Tratado de Libre Comercio que va a ser sometido a referéndum el próximo 7 de octubre, se le ponga una premura a esta Comisión? Esa premura es una premura extraparlamentaria y antidemocrática, porque son plazos que, por cierto ya vencieron todos, pero son plazos puestos al margen de la Asamblea Legislativa, plazos que comprometían al Poder Ejecutivo, pero que en ningún momento comprometen al Parlamento como un poder independiente de nuestro estado de derecho.
Se alega que luego se podrán conocer las mociones vía artículo 137, lo cual no es del todo cierto, pues el Reglamento establece límites para conocer cada uno de los grupos de mociones; e incluso la mayoría que en este Parlamento apoya el TLC nos amenaza con aplicar a toda la agenda de implementación del Tratado de Libre Comercio una vía rápida para tratar de limitar, de amputar los derechos de enmienda de los diputados. Eso es lo que nos están anunciando. O sea que no tenemos ninguna seguridad de cómo este proyecto va a seguir tramitándose y bajo qué procedimiento en la Asamblea Legislativa.
El tiempo no ha sido el necesario –repito- para que...Es un proyecto que lejos de ir generando consensos va generando crecientes descensos. Y tengo que insistir en esto porque es relevante, obviamente los descensos de toda esa mayoría social que en este país dijo en las jornadas del Combo del ICE “no queremos ese tipo de apertura de telecomunicaciones”, que es el que están repitiendo ahora empeorado. Este proyecto es peor que el del Combo del ICE, peor y con menos garantías para los usuarios y para los consumidores. Diputados del Movimiento Libertario que han reflexionado sobre eso. Peor.
Entonces, yo les llamo a la reflexión para que apoyen esta apelación, para que la Presidencia de esta Comisión pueda optar medidas extraordinarias para cumplir con su mandato, y garantizar los derechos fundamentales de todos nosotros y nosotras los representantes legítimamente electos. De modo que se puedan discutir y conocer todas las mociones propuestas, y no se interrumpa abruptamente la posibilidad de conocer mociones que versan sobre artículos que todavía no han sido discutidos por esta Comisión a fin de no vulnerar los principios de oposición y de participación política.
Recuerdo, no es necesario recordarles, todos ustedes lo conocen, que el derecho de enmienda no es no del cuerpo legislativo como colectivo, sino de cada diputado en particular. El derecho de enmienda no lo puede suplantar nadie. Si a mi se me violenta como diputado mis derechos de enmienda, si se me impide discutir y defender mis mociones sin una justificación que lo amerite, hasta el número de artículo, más mociones que número de artículos.
La Sala Cuarta ha definido muy bien de que habla cuando se refiere a la complejidad democrática de un proyecto. La complejidad de un proyecto no está en el número de artículos. Un proyecto de un artículo puede ser más complejo que uno de doscientos, depende de la conmoción social que cauce.
La Sala Constitucional y el Derecho constitucional nos advierten que una ley no es solo un texto, y que a veces no es ni fundamentalmente el texto, sino que es el contexto social, político, democrático en el que una iniciativa parlamentaria se discute.
Si una ley puede llevar a una conmoción social, el Parlamento asume una responsabilidad que no es simplemente un criterio cuantitativo del número de mociones que se presentan, del número de sesiones, sino que el Parlamento tiene la obligación, no es una concesión que el Parlamento le hace a la sociedad, no es un guiño que le hace a la ciudadanía, es un deber.
Nosotros somos representantes populares, tenemos una delegación, pero esa delegación solo la podemos ejercer en un vínculo permanente, vivo, directo, con la ciudadanía y de ahí que es se deriva, ha dicho la Sala, la complejidad, la calificación de qué es un ¾ya voy a concluir, señor Presidente, un minuto¾, termino; no se excusa para lo actuado que esta Comisión contara con un plazo para dictaminar, pues es conocido de todos, así como de la propia Sala Constitucional, que la superación de dichos términos en la tramitación de los proyectos de ley ordinaria no apareja vicios esenciales en el procedimiento. La misma naturaleza de esta iniciativa de ley ameritaba medidas especiales, amerita medidas especiales que permitan conocer un proyecto tan complejo, controvertido y relevante en forma acorde con el Principio democrático.
Señor Presidente, por estas razones es que he presentado esta apelación, en reclamo de mi derecho de enmienda, de mi derecho de libertad de expresión y de representación.
Gracias, señor Presidente, y señores diputados y diputadas, por su atención...
EL PRESIDENTE:
Gracias, a usted, diputado don José Merino.
Lo que corresponde es la respuesta de esta Presidencia a la apelación...
Recurrida y defendida mi decisión, debemos proceder a votar lo pertinente...
Discutida la apelación, vamos a proceder a votarla.
Las señoras y los señores Diputados que estén por darle su voto afirmativo a la apelación interpuesta, favor manifestarlo levantando la mano.
Tres votos afirmativos, cinco negativos.
RECHAZADA.-
costa rica
tlc cafta
COMISIÓN ESPECIAL QUE CONOCERÁ Y DICTAMINARÁ
EL EXPEDIENTE 16398, “LEY GENERAL DE TELECOMUNICACIONES
EXPEDIENTE N.º 16525
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA Nº 78
(Miércoles 20 de junio de 2007)
EL PRESIDENTE:
Resolución de Presidencia
Se resuelve lo siguiente:
Faltando treinta minutos para el cierre de esta sesión, se suspenderá la discusión del proyecto, se tendrán por rechazadas las mociones pendientes y sin más dilación, de inmediato, se procederá a la votación del proyecto.
Dada en la Comisión Especial que conocerá y dictaminará el Expediente 16.398 “Ley General de Telecomunicaciones”, Expediente 16.525, de la Asamblea Legislativa a los veinte días del mes de junio de dos mil siete.
Diputado José Luis Valenciano Chávez
Presidente de la Comisión
DIPUTADO MERINO DEL RÍO:
Quiero apelar esa resolución de la Presidencia.
EL PRESIDENTE:
Se ha recibido la moción de apelación...
LA SECRETARIA:
Moción de Apelación N.º 1 (01-78-CE) del diputado José Merino del Río:
De conformidad con el artículo 156 del Reglamento de la Asamblea Legislativa interpongo recurso de apelación contra la resolución de la Presidencia de la Comisión Especial 16525, que conocerá y dictaminará el expediente 16.398 “Ley General de Telecomunicaciones”, de conformidad con las razones que expondré a continuación.
Firma el diputado Merino.
EL PRESIDENTE:
Señor diputado José Merino del Río, puede sustentar la apelación interpuesta.
DIPUTADO MERINO DEL RÍO:
Gracias, señor Presidente.
Hacerme eco, de que efectivamente hay trabajadores del ICE, que querían estar presentes en una sesión, que es pública, a no ser que usted no estaba yo, en algún momento, no sé si lo han declarado privada o solo para asesores de la Asamblea Legislativa o funcionarios de la Asamblea Legislativa. Pero obviamente es, un tema de mucho interés público y le rogaría que se tomara alguna medida, para que los representantes de la fuerza laborales del ICE pudieran presenciar esta sesión pública de nuestro Parlamento, señor Presidente...
DIPUTADO MERINO DEL RÍO:
Gracias, señor Presidente.
Yo creo como Diputado, en el cumplimiento apropiado del Reglamento, las funciones que constitucionalmente se nos han atribuido a los y las legisladoras de esta Asamblea Legislativa, entre la que está una que es piedra angular de nuestra democracia, que es la potestad de legislar, aprobar o improbar leyes, no podríamos conseguir los objetivos de racionalizar las tensiones, que produce el proceso político, el respeto a la soberanía popular con la representación para la toma de decisiones. Esto sería vulnerado como me parece que estaría ocurriendo con esta resolución que daría por agotada la discusión de este proyecto y por discutidas las mociones pendientes todavía de conocimiento de este cuerpo legislativo.
Han sido reiteradas las resoluciones de la Sala Constitucional, en el sentido de que es precisamente aquí en el Parlamento, donde la democracia funcional se manifiesta como un equilibrio razonable entre democracia participativa y democracia representativa, las facultades institucionales que se le ha dado a este Parlamento. Por lo que la aplicación del procedimiento parlamentario tiene que ser flexible y dinámico, debe permitirnos reaccionar a tiempo y racionalizar efectivamente las tensiones que se producen en nuestra sociedad, sin impedir, en mi caso...
DIPUTADO MERINO DEL RÍO:
Retomando el hilo de la argumentación de esta apelación y como muy bien me recordaba la Diputada Mayi Antillón –que no me contabilicen este tiempo por favor— decía que fundamentalmente, esa interpretación flexible, dinámica, respetuosa del Reglamento, en el caso de las minorías, significa un mecanismo imprescindible necesario para garantizar una representatividad plena en nuestro Parlamento.
No es ocioso recordar que el derecho parlamentario no se agota, en el Reglamento, que la norma fundamental reguladora de nuestra actividad parlamentaria, es la Constitución Política y que es en la Constitución Política donde se establecen los principios básicos, los derechos inmodificables y los valores principales que deben conformar y plasmarse en la regulación jurídica de la actividad parlamentaria. No pretendo, obviamente con esta apelación, efectuar un análisis doctrinal extenso, sino, que hay una intención de dejar plasmado en el acta, para una mejor comprensión de la actividad parlamentaria, del procedimiento seguido por esta Comisión y principalmente de mis dudas razonables sobre la constitucionalidad de las decisiones que se están tomando para dictaminar, lo que a mi juicio es atropelladamente este proyecto de ley.
Recordemos otras características e instrumentos con que cuenta el parlamento para desarrollar su actividad.
Mencionaba que una de ellas es la flexibilidad de funcionamiento de esta Asamblea Legislativa, como nos recordaba la Sala IV, dice: “una de las características esenciales de la regulación parlamentaria es la flexibilidad inserta en las normas que se crean para su funcionamiento, entendiéndose que al hablar de flexibilidad parlamentaria –dice la Sala—no nos estamos refiriendo a la posibilidad de contradecir ni tampoco, a un uso ilimitado o abusivo de la posibilidad de derogar singularmente su Reglamento por parte del propio órgano, pues esta flexibilidad también encuentra sus límites en el derecho de la Constitución”. (Voto 2006-003671)
El derecho parlamentario debe de entenderse como un derecho consensuado, ya que la Asamblea Legislativa, que es la depositaria de la soberanía popular, es la que establece las reglas del juego de la labor parlamentaria, entendiendo que esta función es original, espontánea, sustancial, dinámica y autónoma; lo anterior enmarcado dentro del derecho constitucional que le sirve como marco y límite de sus competencias.
Son inconstitucionales todos aquellos procedimientos seguidos para la aprobación de un determinado proyecto de ley, si se incumplen y violentan los principios, derechos y valores de la Constitución. Existe copiosa y suficiente jurisprudencia constitucional, que ha clarificado los vicios de procedimiento que constituyen violaciones de algún requisito o trámite sustancial previsto en la Constitución, o en su caso, en el Reglamento Legislativo.
La Sala Constitucional ha definido como vicios sustanciales, aquellos principios que rigen la actividad parlamentaria, reconociendo al procedimiento legislativo, como una unidad cuyo objetivo es desarrollar efectivamente la voluntad del pueblo, mediante el establecimiento de una serie de mecanismos tendentes a propiciar un amplio y transparente debate entre los diversos actores políticos que constituyen la asociación parlamentaria.
Nuestra Sociedad ha adoptado el principio democrático como fundamento de todas sus instituciones del que obviamente no se excluye a este Parlamento; este principio pretende el respeto de los valores de participación y representación política, además de un principio fundamental de la tutela del derecho de las minorías.
En la práctica legislativa esto se plasma, entre otros, mediante los mecanismos empleados para la designación de los diversos representantes en las distintas comisiones parlamentarias, no en mi caso, que fui excluido a pesar de que solicité expresamente, estar en esta Comisión , lo que ha sido una reiterada práctica del Directorio, de la mayoría creada en este Parlamento de discriminarme y de impedir que pueda ser miembro pleno de Comisiones en las que expresamente solicité formar parte.
Pero bueno, en todo caso, hay en esta Comisión representantes de diversas corrientes legislativas, para posibilitar a la oposición el uso de medios legítimos que adversen cuando se considera necesaria la voluntad mayoritaria, utilizando todos los mecanismos que establece el Reglamento Legislativo, para defender el derecho de enmienda del Diputado.
Nótese que la Sala ha advertido que los trámites legislativos acelerados o impetuosos, que impidan una racionalidad reposada de caridad reflexiva para cuya producción es necesario poder expresar opiniones, contraponer estrategias y proponer alternativas, es un vicio sustancial de procedimiento.
Efectivamente en esta Comisión, como se puede colegir de la lectura de las actas se han podido defender muchas mociones, pero esa discusión reflexiva y de calidad muy pocas veces se ha dado, por el silencio reiterado de la mayoría, aquí no se ha producido un debate democrático de calidad, eso no es cierto.
El texto sustitutivo que fuera acogido por la mayoría de esta Comisión, consta de 84 artículos y 5 Transitorios, estamos hablando de un tema de enorme complejidad como es el de las telecomunicaciones, que no solo ha sido objeto de un debate de largos años en este país, sino quizás de las controversias democráticas más importantes que se hayan dado en la historia reciente en el Parlamento y fuera del Parlamento, por la aceptación que implica para todos las y los habitantes de la República, se ha requerido de muchas consultas, de audiencias de distintas instituciones, de expertos, de sectores, con una salvedad, todo ese proceso no se dio en el trámite del texto sustitutivo, es un trámite mutilado en cuanto a la calidad del debate y de la consulta democráticas que incluso si se dio en la primera fase de la Comisión.
¿Por qué se suspendió? Cuándo se incorporaron al nuevo texto sustitutivo, como lo puede comprobar hasta la diputación representada aquí del Movimiento Libertario, que lo llevó a oponerse a este nuevo texto porque se considero que el nuevo texto era un cambio radical, con el texto original que había visto esta Comisión, entonces estábamos en presencia de un nuevo texto, de un nuevo texto que exigía enfrentarse a él con todas las garantías reglamentarias y constitucionales de un verdadero debate democrático.
El texto sustitutivo fue acogido el 11 de mayo de año en curso, en la Sesión N.º 57, en esa misma Sesión, se acordó solicitar una prórroga hasta el 7 de junio de los corrientes, o sea, solo 19 días hábiles para consultar a las diferentes instituciones, organizaciones y sectores, para recibir en audiencia a representantes de organizaciones, instituciones y otros conocedores de la materia o que les afectaría en alguna forma, lo cual no se quiso hacer parar revisar los criterios vertidos por los distintos sectores, para presentar las mociones pertinentes y conocerlas y por supuesto para efectuar el debido estudio y análisis del nuevo texto sometido a nuestro conocimiento.
Hasta hoy se han presentado, ante la Comisión, un total de cuatrocientas setenta y dos mociones de fondo al proyecto, de esas mociones, al texto base se le presentaron, doscientas veintiocho mociones, de ese texto base, se conocieron ciento ochenta y ocho mociones, se desecharon sin tramitar, cuarenta mociones, cuando se introdujo el texto sustitutivo.
Al texto sustitutivo, se le han presentado hasta ahora doscientas cuarenta y cuatro mociones, se han conocido hasta ahora, ochenta mociones del texto sustitutivo, no sé, alguna más, bueno, se han aprobado quince, se han desechado sesenta y cinco, y si la resolución de esta Presidencia se consumara, se desecharían sin tramitar, ciento setenta y nueve mociones, o sea, más de las dos terceras partes de las mociones presentadas al texto sustitutivo, mediante una resolución de la Presidencia, se desecharían.
Obviamente, el Presidente no está autorizado para prorrogar unilateralmente el mandato de esta Comisión, pero lo puede hacer como se han hecho en las oportunidades anteriores, mediante si se hubiera aprobado por ejemplo, la moción presentada a tiempo, por los Diputados y Diputadas del Partido Acción Ciudadana solicitando esa prórroga.
Todavía en la sesión del lunes 18 de junio, se estaba repartiendo correspondencia con criterios tan importantes como el de la Procuraduría General de la República anteayer, el cual contiene importantes observaciones al proyecto, e incluso advierte sobre inconstitucionalidades, a fin de que las y los Diputados consideraran las modificaciones pertinentes, pero ¿con qué tiempo?, ¿con qué plazos?, si todavía hay cien mociones por conocer y se nos pone la “espada de Damocles” cuando ya no tendría sentido presentar mociones importantes, sabiendo que a priori, serían rechazadas.
Es por lo que me parece que se está produciendo una violación del artículo 117 de la Constitución Política. El problema de un trámite de un proyecto no es el tiempo, este proyecto se está tramitando acelerada e impetuosamente y se violenta el principio democrático, porque no se le está dando respuesta a los distintos sectores, no solamente representados en el Parlamento sino fuera del Parlamento, a los problemas y objeciones suscitadas sobre el proyecto.
Esa es la esencia del principio democrático, no es una interpretación burocrática del Reglamento, no es una interpretación rutinaria del Reglamento legislativo. Nuestro sistema democrático ya no solo es representativo. A los diputados de esta Asamblea Legislativa, se nos olvida muchas veces que desde el año 2003, en la Constitución Política de la República se indica que nuestro sistema de Gobierno, además de representativo es participativo.
Y estamos obligados, constitucionalmente, a desarrollar, obviamente, dentro de los límites propios de la racionalidad democrática, pero a mí nadie me puede decir que hay una racionalidad, en que se mutile la posibilidad de continuar analizando este proyecto en Comisión, y recibiendo opiniones que el texto sustitutivo ha suscitado en diversos sectores de la ciudadanía. Y tengo que reiterarlo, incluso, en diputados de esta Comisión, que estaban de acuerdo con el texto original y hoy manifiestan su oposición por los cambios sustanciales que se introdujeron. No estamos hablando de cambios cosméticos, el texto sustitutivo es un nuevo texto, en términos fundamentales de la materia que estamos analizando.
Nuestro sistema democrático, supone dar una amplia participación a los representantes de todos los ciudadanos. Y la Sala nos ha recordado en sus sucesivas veces que ha declarado inconstitucional procedimientos muy parecidos a los que hoy estamos discutiendo, que ha dicho que siendo que nuestra arquitectura y cultura constitucional, el Parlamento representa el foro propiciador de la concertación de criterios, de las diversas fuerzas políticas, su dinámica debe permitir el espacio necesario tanto para las discusiones como para las negociaciones políticas. Fíjense que sabias las palabras de la Sala Constitucional, en la aprobación de proyectos de ley.
El plazo conferido a esta Comisión para que rindiera su dictamen fue, originalmente, corto, irracional. Empezó por ahí, claro, se le ha tenido que pedir prórroga porque han tenido ustedes mismos que reconocer que le pusieron plazos irracionales, absolutamente, fuera de lugar, para analizar un proyecto de esta envergadura.
No es la minoría la responsable de que se tengan que pedir prórrogas y prórrogas, es la mayoría que con su soberbia impone plazos que son inaplicables, si se quiere tener un procedimiento parlamentario, mínimamente saludable y mínimamente respetable.
Dónde está el debate reposado y amplio, para el respectivo cumplimiento de los fines del procedimiento parlamentario. Muestra de ello es que muchas instituciones, organizaciones, sectores, pidieron tiempos extras para referirse al texto base, pidieron ser recibidos para referirse al texto sustitutivo y les fue denegada esa posibilidad. Eso nos hubiera permitido formarnos una mejor opinión, y aclarar las inevitables y múltiples dudas que surgen en un tema tan delicado como es el de las telecomunicaciones. Muy grave no haber aprobado la posibilidad de audiencias para referirse a este texto sustitutivo.
En relación con esto, la Sala Constitucional también ha sido tajante, al señalar que para que la Asamblea Legislativa cumpla su cometido, como punto de encuentro de las diversas expresiones e intereses de los habitantes de este país, cada uno de sus representantes, democráticamente electos debe contar con posibilidades efectivas, de manifestar su opinión, defender sus planteamientos e intentar convencer al colegio acerca de la pertinencia de sus posiciones.
Este clima de diálogo y dice la Sala y de publicidad, debe caracterizar la actuación parlamentaria en todos sus ámbitos, y se torna imprescindible en caso de reformas o producción de normas complejas, extensas o de marcada relevancia para la vida de las y los habitantes. ¿Acaso este proyecto de ley de telecomunicaciones, no es una iniciativa compleja, amplia, que afecta a toda la población?
¿Acaso alguien duda del enorme impacto practico que generará, pues atañe a modificaciones sustanciales de determinada concesión, enmarcada en nuestro Estado social de derecho, en nuestra Constitución Política de la República?
¿No sería lo adecuado que ante una iniciativa trascendental para los habitantes, esta Comisión inste a fin de que la Presidencia de la Asamblea Legislativa, en su defecto el Plenario, permita ampliar la posibilidad de este debate; permite alargar racionalmente una discusión más detenida y efectiva de todos sus contenidos?
¿Debe aceptar esta Asamblea Legislativa que por un plazo que negociadores ajenos a este Parlamento, establecieron en un Tratado de Libre Comercio que va a ser sometido a referéndum el próximo 7 de octubre, se le ponga una premura a esta Comisión? Esa premura es una premura extraparlamentaria y antidemocrática, porque son plazos que, por cierto ya vencieron todos, pero son plazos puestos al margen de la Asamblea Legislativa, plazos que comprometían al Poder Ejecutivo, pero que en ningún momento comprometen al Parlamento como un poder independiente de nuestro estado de derecho.
Se alega que luego se podrán conocer las mociones vía artículo 137, lo cual no es del todo cierto, pues el Reglamento establece límites para conocer cada uno de los grupos de mociones; e incluso la mayoría que en este Parlamento apoya el TLC nos amenaza con aplicar a toda la agenda de implementación del Tratado de Libre Comercio una vía rápida para tratar de limitar, de amputar los derechos de enmienda de los diputados. Eso es lo que nos están anunciando. O sea que no tenemos ninguna seguridad de cómo este proyecto va a seguir tramitándose y bajo qué procedimiento en la Asamblea Legislativa.
El tiempo no ha sido el necesario –repito- para que...Es un proyecto que lejos de ir generando consensos va generando crecientes descensos. Y tengo que insistir en esto porque es relevante, obviamente los descensos de toda esa mayoría social que en este país dijo en las jornadas del Combo del ICE “no queremos ese tipo de apertura de telecomunicaciones”, que es el que están repitiendo ahora empeorado. Este proyecto es peor que el del Combo del ICE, peor y con menos garantías para los usuarios y para los consumidores. Diputados del Movimiento Libertario que han reflexionado sobre eso. Peor.
Entonces, yo les llamo a la reflexión para que apoyen esta apelación, para que la Presidencia de esta Comisión pueda optar medidas extraordinarias para cumplir con su mandato, y garantizar los derechos fundamentales de todos nosotros y nosotras los representantes legítimamente electos. De modo que se puedan discutir y conocer todas las mociones propuestas, y no se interrumpa abruptamente la posibilidad de conocer mociones que versan sobre artículos que todavía no han sido discutidos por esta Comisión a fin de no vulnerar los principios de oposición y de participación política.
Recuerdo, no es necesario recordarles, todos ustedes lo conocen, que el derecho de enmienda no es no del cuerpo legislativo como colectivo, sino de cada diputado en particular. El derecho de enmienda no lo puede suplantar nadie. Si a mi se me violenta como diputado mis derechos de enmienda, si se me impide discutir y defender mis mociones sin una justificación que lo amerite, hasta el número de artículo, más mociones que número de artículos.
La Sala Cuarta ha definido muy bien de que habla cuando se refiere a la complejidad democrática de un proyecto. La complejidad de un proyecto no está en el número de artículos. Un proyecto de un artículo puede ser más complejo que uno de doscientos, depende de la conmoción social que cauce.
La Sala Constitucional y el Derecho constitucional nos advierten que una ley no es solo un texto, y que a veces no es ni fundamentalmente el texto, sino que es el contexto social, político, democrático en el que una iniciativa parlamentaria se discute.
Si una ley puede llevar a una conmoción social, el Parlamento asume una responsabilidad que no es simplemente un criterio cuantitativo del número de mociones que se presentan, del número de sesiones, sino que el Parlamento tiene la obligación, no es una concesión que el Parlamento le hace a la sociedad, no es un guiño que le hace a la ciudadanía, es un deber.
Nosotros somos representantes populares, tenemos una delegación, pero esa delegación solo la podemos ejercer en un vínculo permanente, vivo, directo, con la ciudadanía y de ahí que es se deriva, ha dicho la Sala, la complejidad, la calificación de qué es un ¾ya voy a concluir, señor Presidente, un minuto¾, termino; no se excusa para lo actuado que esta Comisión contara con un plazo para dictaminar, pues es conocido de todos, así como de la propia Sala Constitucional, que la superación de dichos términos en la tramitación de los proyectos de ley ordinaria no apareja vicios esenciales en el procedimiento. La misma naturaleza de esta iniciativa de ley ameritaba medidas especiales, amerita medidas especiales que permitan conocer un proyecto tan complejo, controvertido y relevante en forma acorde con el Principio democrático.
Señor Presidente, por estas razones es que he presentado esta apelación, en reclamo de mi derecho de enmienda, de mi derecho de libertad de expresión y de representación.
Gracias, señor Presidente, y señores diputados y diputadas, por su atención...
EL PRESIDENTE:
Gracias, a usted, diputado don José Merino.
Lo que corresponde es la respuesta de esta Presidencia a la apelación...
Recurrida y defendida mi decisión, debemos proceder a votar lo pertinente...
Discutida la apelación, vamos a proceder a votarla.
Las señoras y los señores Diputados que estén por darle su voto afirmativo a la apelación interpuesta, favor manifestarlo levantando la mano.
Tres votos afirmativos, cinco negativos.
RECHAZADA.-
costa rica
tlc cafta
Etiquetas: Costa Rica, No TLC
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