APROBADAS REFORMAS A LA LEY DE CONSERVACION DE LA VIDA SILVESTRE
Impulsadas en esta legislación por el Frente Amplio
El día de ayer (5 de noviembre de 2008) la Comisión Plena Primera aprobó en primer debate un proyecto de ley que reforma los capítulos XI y XII de la Ley de Conservación de la Vida Silvestre para mejorar, actualizar y fortalecer las sanciones por delitos y contravenciones en perjuicio de la flora y la fauna silvestre.
La aprobación de este proyecto presentado en la legislatura pasada por el Diputado Gerardo Vargas Leiva y delegado a la Comisión Plena mediante una propuesta del Diputado José Merino del Río, del Partido Frente Amplio, quien desde el inicio de su gestión acogió este proyecto y lo defendió hasta llevarlo a su aprobación, constituye un gran avance para frenar las gravísimas infracciones que se cometen contra el ambiente y la vida silvestre en nuestro país y que en la actualidad están quedando impunes por causa de una gran cantidad errores y omisiones que tiene la legislación vigente.
Dentro de los principales cambios que introduce el proyecto están:
-Se reestablecen las penas de cárcel y se actualizan los montos de las multas por los delitos más graves contra la vida silvestre como la caza ilegal de especies en peligro de extinción, la caza ilegal en áreas protegidas, el tráfico ilícito de flora y fauna silvestre, la utilización de sustancias peligrosas que pongan en peligro la subsistencia de las especies, entre otros. Cabe recordar que hoy en día, la mayoría de estas conductas no reciben sanción alguna porque la Sala Constitucional anuló las penas de cárcel por errores en su redacción y las multas tienen montos absolutamente ridículos que no guardan relación alguna con la gravedad del daño social y ambiental que ocasionan.
-Se sanciona más rigurosamente a quienes contaminen o arrojen basura en manantiales, ríos, quebradas, arroyos permanentes o no permanentes, lagos, lagunas, marismas y embalses naturales o artificiales, esteros, turberas, pantanos, humedales, aguas dulces, salobres o saladas. Igualmente se castiga a quienes realicen estas conductas en los cauces de los cuerpos de agua o en las áreas de protección del recurso hídrico, tal y como lo viene proponiendo la Fiscalía Ambiental desde hace muchos años.
-Se protegen adecuadamente los humedales del país, sancionando con pena de prisión de uno a tres años a quienes drenen, sequen, rellenen o eliminen lagos, lagunas no artificiales y todos los demás humedales, declarados o no como tales.
-Se fortalece la protección de las áreas silvestres protegidas al permitir que los montos de las multas y los demás ingresos del Fondo de Vida Silvestre se giren directamente al Sistema Nacional de Áreas de Conservación sin tener que pasar por la Caja Única del Estado.
El día de ayer (5 de noviembre de 2008) la Comisión Plena Primera aprobó en primer debate un proyecto de ley que reforma los capítulos XI y XII de la Ley de Conservación de la Vida Silvestre para mejorar, actualizar y fortalecer las sanciones por delitos y contravenciones en perjuicio de la flora y la fauna silvestre.
La aprobación de este proyecto presentado en la legislatura pasada por el Diputado Gerardo Vargas Leiva y delegado a la Comisión Plena mediante una propuesta del Diputado José Merino del Río, del Partido Frente Amplio, quien desde el inicio de su gestión acogió este proyecto y lo defendió hasta llevarlo a su aprobación, constituye un gran avance para frenar las gravísimas infracciones que se cometen contra el ambiente y la vida silvestre en nuestro país y que en la actualidad están quedando impunes por causa de una gran cantidad errores y omisiones que tiene la legislación vigente.
Dentro de los principales cambios que introduce el proyecto están:
-Se reestablecen las penas de cárcel y se actualizan los montos de las multas por los delitos más graves contra la vida silvestre como la caza ilegal de especies en peligro de extinción, la caza ilegal en áreas protegidas, el tráfico ilícito de flora y fauna silvestre, la utilización de sustancias peligrosas que pongan en peligro la subsistencia de las especies, entre otros. Cabe recordar que hoy en día, la mayoría de estas conductas no reciben sanción alguna porque la Sala Constitucional anuló las penas de cárcel por errores en su redacción y las multas tienen montos absolutamente ridículos que no guardan relación alguna con la gravedad del daño social y ambiental que ocasionan.
-Se sanciona más rigurosamente a quienes contaminen o arrojen basura en manantiales, ríos, quebradas, arroyos permanentes o no permanentes, lagos, lagunas, marismas y embalses naturales o artificiales, esteros, turberas, pantanos, humedales, aguas dulces, salobres o saladas. Igualmente se castiga a quienes realicen estas conductas en los cauces de los cuerpos de agua o en las áreas de protección del recurso hídrico, tal y como lo viene proponiendo la Fiscalía Ambiental desde hace muchos años.
-Se protegen adecuadamente los humedales del país, sancionando con pena de prisión de uno a tres años a quienes drenen, sequen, rellenen o eliminen lagos, lagunas no artificiales y todos los demás humedales, declarados o no como tales.
-Se fortalece la protección de las áreas silvestres protegidas al permitir que los montos de las multas y los demás ingresos del Fondo de Vida Silvestre se giren directamente al Sistema Nacional de Áreas de Conservación sin tener que pasar por la Caja Única del Estado.
Etiquetas: Asamblea Legislativa, Costa Rica, Diputado José Merino, Frente Amplio
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